PROGRAMA DE DIEZ AYUDAS PARA ESTUDIOS EN ECONOMÍA Y FINANZAS. CURSO 2026-2027
El Banco de España ha venido realizando desde hace años distintas acciones con el objetivo de promover la investigación y el estudio de la economía, a través de numerosos programas. El Banco desea proseguir en esta línea, ligando dicho objetivo al desarrollo de capacidades mediante la adquisición de conocimientos superiores en el ámbito de la economía y las finanzas, y su aplicación práctica durante estancias realizadas en el propio Banco de España.
A tal fin, el Banco de España ha decidido poner en marcha un Programa de 10 Ayudas para Estudios en Economía y Finanzas, dirigido a personal titulado universitario y alumnado de último curso de carrera que deseen ampliar sus conocimientos en el ámbito económico y financiero mediante la realización de estudios de posgrado oficiales en áreas temáticas de interés para el Banco de España. Además, para promover la aplicación práctica de esa formación especializada, el Programa prevé la realización de estancias temporales en el Banco de España.
La Comisión Ejecutiva, en su sesión del día 19 de diciembre de 2025, ha aprobado la presente convocatoria del Programa, de la que podrán beneficiarse hasta 10 personas, y que contempla dos medidas:
- a) Apoyo económico, bajo la modalidad de beca, con objeto de proporcionar ayuda financiera para la ampliación de estudios, ya sea en España o en el extranjero, durante el curso académico 2026-2027, mediante la obtención de titulaciones de posgrado oficiales en economía o en finanzas, así como en la innovación tecnológica en estos campos, y que permitan adquirir conocimientos en áreas temáticas de interés para el Banco de España, en particular, las comprendidas en sus Prioridades analíticas y de investigación.
El centro de estudios, la titulación concreta y su temática (dentro de las referidas) serán a elección de la persona estudiante.
Estas ayudas se podrán conceder para ayudar a financiar dos cursos académicos, siempre que los estudios solicitados por la persona aspirante así lo requieran. En caso contrario, se concederán para un solo curso académico.
(b) Estancia temporal en el Banco de España, durante la cual la persona beneficiaria del Programa estará en contacto con el personal investigador encargado de la
consecución de las prioridades analíticas de la institución. Las personas participantes en el Programa realizarán una estancia temporal entre uno y dos meses en el Banco por cada año de ayuda concedida y podrán elaborar una memoria de la actividad realizada susceptible de ser presentada en un seminario en el Banco de España.
- REQUISITOS DE LAS PERSONAS CANDIDATAS
Podrán optar a ser beneficiarios o beneficiarias del presente Programa las personas con nacionalidad española que vayan a iniciar o completar estudios de posgrado en el extranjero o en España y que estén en posesión del título de licenciatura o de grado universitario. Se admitirán también solicitudes de alumnado matriculado en el último curso de la carrera. En estos casos, la participación en el Programa estará supeditada a que la persona candidata ostente alguna de las titulaciones referidas el día 1 de septiembre de 2026.
Las personas participantes en el Programa deberán conocer suficientemente, a juicio del Banco de España, el idioma del país donde vayan a realizar sus estudios e investigaciones, de manera que puedan aprovechar adecuadamente las correspondientes enseñanzas.
No podrán presentarse quienes hubiesen disfrutado de una beca de ampliación de estudios otorgada por el Banco de España ni las personas que, habiendo resultado seleccionadas en una convocatoria anterior para disfrutar de una beca de ampliación de estudios otorgada por el Banco de España, hubieran renunciado a ella.
2 APOYO FINANCIERO PARA LA AMPLIACIÓN DE ESTUDIOS
El apoyo financiero que se proporciona bajo el presente Programa se otorgará bajo la modalidad de becas y tendrá como finalidad ayudar a financiar un máximo de dos cursos académicos, siempre que los estudios solicitados así lo requieran.
Para el curso académico 2026-2027, las ayudas económicas que se proporcionen al amparo del Programa estarán dotadas con los siguientes importes:
- Derechos de inscripción y matrícula en la correspondiente universidad o centro académico, que se abonarán previa justificación de los mismos.
- Dotación anual (importes brutos):
- 000 dólares estadounidenses para los estudios realizados en los Estados Unidos de América.
- 500 libras esterlinas para los estudios realizados en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
- 500 euros para los estudios realizados en España y en el resto de los países europeos.
El importe de la beca se abonará a lo largo del año en dos pagos de idéntico importe. El primer pago se hará efectivo una vez iniciado el curso académico, a partir del mes de septiembre, mientras que el segundo se hará efectivo en el mes de marzo. Con carácter previo a la percepción de los importes, las personas beneficiarias del programa deberán presentar una declaración responsable de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
En el caso de las becas concedidas para dos cursos académicos, se aplicarán, para el curso académico 2027-2028, los mismos importes y condiciones referidos anteriormente.
3 ESTANCIA
Asimismo, las personas beneficiarias del Programa se comprometen a realizar una estancia temporal en el Banco de España, por un período mínimo de un mes y máximo de dos, entre los meses de junio y septiembre inmediatamente posteriores a la finalización de cada uno de los cursos académicos de participación en el Programa. La finalidad de esta estancia es mantener contacto con el personal investigador encargado de la consecución de las prioridades analíticas de la institución. A tal fin, las personas participantes en el Programa tendrán acceso al amplio conjunto de medios informáticos y documentales de los que dispone el Banco de España, y podrán intercambiar opiniones y conocimientos con personal especialista del Banco para una mejor consecución de sus prioridades analíticas y de investigación. Podrán, asimismo, realizar una memoria de la actividad realizada que podrá ser presentada en un seminario en el Banco de España.
La realización de la estancia supondrá un aumento del apoyo financiero recibido al amparo del Programa, de 1.550 euros por cada mes de estancia temporal. Esta dotación se hará efectiva en el mes de octubre siguiente a la realización de la estancia.
La realización de esta estancia quedará condicionada a que se pueda ser llevada a cabo de conformidad con la legalidad vigente en el momento de su realización.
4 SOLICITUD Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
La solicitud de admisión deberá realizarse telemáticamente, accediendo al sitio web del Banco de España (https:/www.bde.es/wbe/es/sobre-banco/trabajar-banco/convocatorias-plazo-abierto), desde donde se podrá descargar el formulario de solicitud de admisión.
De igual modo, se podrán descargar el “Manual de uso” y la “Guía rápida”, en los que se
indica detalladamente cómo cumplimentar y enviar este formulario.
En el formulario de solicitud de admisión se deberá consignar toda la información requerida y toda la que se considere susceptible de ser valorada, incorporando todos los datos en los campos habilitados al efecto y con el mayor detalle posible.
En el propio formulario, deberán anexar los siguientes documentos:
- Fotocopia del documento nacional de
- Certificación oficial del expediente académico universitario, donde se indique la nota media obtenida y en la que consten las calificaciones obtenidas en todas las asignaturas cursadas en la carrera realizada y las fechas en que dichas asignaturas fueron aprobadas. En el caso de tratarse de una persona matriculada actualmente en el último curso del grado, deberá presentar las calificaciones de los estudios que esté cursando actualmente.
Aquellas personas aspirantes que se encuentren matriculadas en el último curso de carrera deberán seguir las siguientes indicaciones en el momento de realizar la inscripción, para que el formulario pueda ser validado correctamente. En el apartado del formulario de solicitud “Titulaciones académicas”, en el campo “Fecha de finalización” de la titulación en curso, deben escribir la fecha del día anterior a la finalización de admisión de solicitudes, y en el apartado “Motivación por el puesto”, deben indicar la fecha estimada de finalización de sus estudios.
- Certificación oficial de todos los estudios universitarios y de posgrado (incluidos másteres) finalizados que se hayan declarado en el formulario.
- Carta de motivación explicando los motivos por los que quiere cursar los estudios o trabajo de investigación para los cuales solicita la participación en el Programa. La carta de motivación se anexará al formulario, en formato PDF, siendo un documento elaborado por la persona aspirante.
- Relación de todos los centros de estudios o investigación y denominación de los estudios en los que la persona candidata haya solicitado la admisión. En esta relación se deberá indicar si la participación en el programa se solicita para iniciar o para proseguir los estudios de posgrado, así como su duración El propio aspirante elaborará el documento incluyendo clara y ordenadamente toda la información y anexándolo en formato PDF. El/los nombre/s de los estudios y centro/s que la persona aspirante detalle en este documento, deberán coincidir con el de el/los nombre/s de los estudios y del/los centro/s de estudios o investigación donde finalmente realicen los estudios de posgrado.
- Justificantes de admisión en el/los centro/s de estudios o investigación donde finalmente realice los estudios de posgrado, aunque esté condicionada a la obtención de una beca. En dichos justificantes deberá constar claramente la duración del curso o trabajo proyectado. Cuando no haya recibido aún la contestación de los correspondientes centros de estudios o investigación podrá admitirse, provisionalmente, la presentación de las solicitudes de aceptación.
Adicionalmente, al margen de la solicitud de admisión, fuera del formulario, se deben remitir dos o más informes de profesorado de universidad con los que el personal solicitante haya realizado estudios y que puedan avalar sus condiciones para llevar a cabo satisfactoriamente la formación solicitada, realizados ex profeso para esta convocatoria. Dichos informes deberán ser enviados directamente por el profesorado de la universidad, en formato PDF y debidamente firmados, al correo electrónico investigacion.becas@bde.es, a la atención de la División de Selección, no más tarde del
18 de febrero de 2026. En el asunto de los correos electrónicos se deberá incluir el siguiente título: «Programa de ayudas para estudios en economía y finanzas – N.º de Resguardo – Nombre».
La documentación podrá ser remitida en castellano o en inglés.
Para el proceso de presentación de solicitudes se deben seguir las instrucciones contenidas en el formulario y en la “Guía rápida”. El documento “Manual de uso” puede resultar de utilidad si se precisara mayor detalle. En concreto, se deberán seguir los siguientes pasos:
A. Descargar el formulario
En un ordenador personal, archivarlo en formato PDF y abrirlo expresamente con la versión más actualizada de Adobe Reader. Siga las indicaciones de la “Guía rápida” y el “Manual de uso”.
B. Cumplimentar el formulario
Toda la información incluida debe ser veraz y los datos deben estar actualizados. Adjunte en el formulario la documentación arriba indicada, a excepción de los informes de profesorado, que deben ser remitidos por correo electrónico
C. Validar el formulario
Una vez cumplimentado el formulario, debe validarse y guardarse en su ordenador personal. La correcta validación del documento será mostrada en una ventana emergente. La validación no conlleva la recepción de su solicitud por parte de Banco de España. Ésta se realiza mediante el envío telemático del formulario.
D. Enviar el formulario
De acuerdo con las instrucciones, una vez que haya cumplimentado y validado el formulario, deberá enviarlo a través del sitio web del Banco de España, en la sección “Sobre el Banco/Trabajar en el Banco/Convocatorias con plazo abierto”. Para ello deberá pulsar en el botón “Inscribirse”, que encontrará situado dentro de la convocatoria.
Tras el envío del formulario, recibirá un correo electrónico automático en la cuenta que indicó en el sitio web del Banco de España (no en el correo indicado en el formulario de solicitud). Dicho correo electrónico contendrá su número de resguardo para todo el proceso. Si no recibe este mensaje en un plazo de 48 horas, póngase en contacto con nuestra unidad a través del formulario de contacto para contrataciones temporales disponible en el sitio web del Banco de España, en la sección “Sobre el Banco/ Trabajar en el Banco”.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de febrero de 2026 a las 14 horas (hora peninsular española).
Se fijará un plazo de diez días hábiles (excluyendo sábados, domingos y festivos del calendario laboral de la Comunidad de Madrid) para que las personas aspirantes puedan, caso de ser requeridas, subsanar su solicitud, lo que podrán efectuar mediante el envío de un correo electrónico a investigacion.becas@bde.es. La no subsanación en forma y plazo implicará la exclusión automática de la convocatoria.
5 DECISIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA
El Banco de España analizará la información declarada y la documentación presentada en el formulario de solicitud, valorará la idoneidad de las candidaturas con arreglo al expediente académico, la carta de motivación, las cartas de recomendación, el prestigio de la/s universidad/es de destino y la correspondencia entre los estudios y las prioridades analíticas y aprobará una lista con las personas peticionarias a las que se admite al Programa. Igualmente, se aprobará una lista de reserva con las candidaturas con méritos suficientes para ser personas beneficiarias del Programa, que serán llamadas, según el orden de la lista, en caso de renuncia por parte de las personas beneficiarias seleccionadas, siempre que la renuncia se produzca dentro de un plazo que permita una adecuada gestión de la matrícula en las universidades de referencia, a juicio del Banco de España. No obstante, la adjudicación podrá declararse desierta, total o parcialmente.
La División de Selección, una vez que exista una decisión sobre la admisión en el Programa, la comunicará a las personas beneficiarias, dando la correspondiente publicidad e identificándolas por su número de resguardo.
La admisión definitiva en el Programa quedará condicionada a la presentación del justificante de admisión en el programa o los programas concretos de los centros de estudios o investigación para los que el Banco de España haya acordado la admisión en el Programa, no siendo posible su modificación por parte de la persona participante.
6 OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
Las personas beneficiarias de las becas asumen las siguientes obligaciones:
- Cumplir todas las normas que resultan de los distintos apartados de la presente
- Comunicar por escrito, a la dirección de correo electrónico becas@bde.es, la aceptación de la ayuda concedida, sus términos y condiciones, una vez recibida la notificación oficial del Banco de España. Esta comunicación deberá realizarse en el plazo de los 5 días naturales inmediatamente posteriores a la resolución del proceso de confirmación de admisión en el Programa. En caso de no haber recibido respuesta en dicho plazo, se considerará que la persona aspirante renuncia a la posibilidad de beneficiarse del presente Programa.
- Cumplir todos los requisitos que sean precisos para entrar en el país en el que vayan a cursar sus estudios.
- Comunicar al Banco de España el domicilio, la dirección de correo electrónico y el teléfono de contacto en el lugar de destino inmediatamente después de la llegada a él, así
como la fecha de inicio de los estudios. La persona beneficiaria también deberá informar de cualquier cambio en sus datos de contacto que se produzca durante el desarrollo del Programa.
- Comunicar al Banco de España las cuantías correspondientes a los derechos de inscripción y matrícula inmediatamente después de la inscripción en la respectiva universidad o centro académico, remitiendo dicha información a las siguientes direcciones de correo electrónico: formacionycontenidos@bde.es e becas@bde.es.
- Comenzar los estudios o investigaciones comprendidos en el Programa dentro del año 2026, sin que ningún compromiso anterior o proyecto actual o futuro puedan impedir el cumplimiento ininterrumpido de las obligaciones asumidas, para el programa o curso académico para el que se concede. Si la persona beneficiaria del Programa abandona los estudios o investigaciones antes de finalizar el curso académico sin causa justificada, se entenderá que renuncia a su participación en el mismo, por lo que deberá reembolsar las cantidades percibidas en concepto de beca. La justificación de la renuncia deberá ser evaluada por el Banco de España, atendiendo a las circunstancias concurrentes y los motivos expuestos por la persona beneficiaria del Programa, quedando a criterio del Banco de España estimar o no dicha justificación.
- Realizar los estudios previstos en cualquiera de los centros para los que se haya solicitado la participación en el Programa, conforme a la relación de centros aportada junto con la solicitud.
- Remitir al Banco de España cada seis meses, a partir del inicio del Programa un avance o una declaración suficiente respecto a los estudios o investigaciones realizados en el período semestral correspondiente, junto con las pertinentes certificaciones y calificaciones expedidas por el centro académico donde desarrollen su actividad investigadora. El Banco de España se reserva la facultad de apreciar la suficiencia de tales avances o declaraciones y de requerir aclaraciones complementarias. Dicha información deberá remitirse a becas@bde.es.
- Comunicar al Banco de España, en caso de ser requeridas para ello, no más tarde del mes de marzo, las fechas de comienzo y finalización de la estancia temporal en el Banco a que se refiere la base 3.
- Realizar una estancia temporal en el Banco en cada año de participación en el Programa, en los términos establecidos en la base 3. Durante la estancia las personas beneficiarias del Programa deberán aceptar la normativa de seguridad y protección de datos de aplicación en el Banco de España, debiendo observar las normas básicas de disciplina y respeto, comprometiéndose, además, a cumplir, en su caso, los trámites necesarios para la formalización de la estancia. Adicionalmente, deberán suscribir un seguro de enfermedad y accidentes durante el período de su visita al Banco.
El incumplimiento de cualquiera de estos compromisos permitirá al Banco de España cancelar la participación en el Programa—ya sea durante su disfrute o, en su caso, antes del inicio del segundo año—, no abonar ninguna de las cantidades que pudieran estar pendientes de pago y reclamar, en su caso, la devolución íntegra de las cantidades ya
percibidas por la persona beneficiaria. Adicionalmente, el Banco de España podrá reclamar los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de cualquiera de estos compromisos por parte de la persona beneficiaria. En el caso de las personas beneficiarias que perciben la ayuda financiera en divisas, la devolución de las cantidades recibidas se realizará por su contravalor en euros al cambio del día en que se efectuaron los pagos.
7 INDIVISIBILIDAD E INCOMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS FINANCIERAS
Las ayudas financieras concedidas al amparo del Programa, bajo la modalidad de becas, son indivisibles y se concederán a título individual a personas físicas.
El disfrute de estas ayudas es incompatible con el disfrute simultáneo de cualquier otra ayuda, beca o remuneración, excepto si se derivan de actividades de investigación en el área de especialización de la persona beneficiaria y sujetas, en todo caso, a autorización por parte del Banco de España. La infracción de esta regla permitirá al Banco de España cancelar sus concesiones y reclamar, en su caso, la devolución de las cantidades percibidas.
Las personas solicitantes se comprometen a dar cuenta, a la mayor brevedad, de cualquier ayuda o beca que puedan recibir desde el momento en que presenten su solicitud y hasta la finalización del curso académico objeto de la presente convocatoria.
8 RECURSOS
- Contra la presente convocatoria y el acuerdo de la Comisión Ejecutiva por el que se resuelva la admisión en el Programa —que ponen fin a la vía administrativa— cabrá interponer, mediante escrito: a) con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Comisión Ejecutiva del Banco de España en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en la página Web del Banco de España, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
- b) recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.g) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o c) cualquier otro recurso que se estime procedente.
- Contra las resoluciones y los actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar el proceso o que produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o a intereses legítimos —que no ponen fin a la vía administrativa— podrá interponerse: a) recurso de alzada ante la Comisión Ejecutiva del Banco de España en el plazo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en la página web del Banco de España, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o b) cualquier otro recurso que se estime procedente.
9 INFORMACIÓN E INCIDENCIAS
Las peticiones de información y las consultas relacionadas con la materia regulada en las presentes bases deberán dirigirse a:
Banco de España División de Selección
c/ Alcalá, 48, 28014 Madrid
Internet: https://www.bde.es/wbe/es/sobre-banco/trabajar-banco/becas-investigacion-ayudas-bde/
Correo electrónico: per.investigacion.becas@bde.es
El Banco de España podrá resolverlas incidencias que se produzcan en la tramitación de la presente convocatoria y en el desarrollo del trabajo de las personas beneficiarias.
El Banco de España se reserva el derecho a desistir de la presente convocatoria en cualquier momento, dejándola sin efecto, antes de la admisión en el Programa. Igualmente, el Banco de España podrá desistir de algunas de las ayudas convocadas, continuando la convocatoria del resto. Esta circunstancia, en su caso, se notificará a las personas aspirantes que hubieran presentado su solicitud. En el supuesto de producirse el desistimiento de la totalidad de las ayudas, las personas aspirantes no adquirirán ningún derecho o beneficio derivado de su participación.
10 PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Le informamos de que sus datos personales son objeto de tratamiento por el Banco de España (Calle de Alcalá 48, 28014, Madrid), cuya delegado de protección de datos es el Departamento de Vicesecretaría (dpd@bde.es), con la finalidad de gestionar la selección de personal del Banco de España. Los datos personales que son objeto de tratamiento son datos identificativos (nombre, apellidos, DNI o equivalente), datos de contacto (número de teléfono, correo electrónico, dirección postal), datos académicos y profesionales (formación, calificaciones, cargos desempeñados, evaluaciones laborales, nº de personal y de la Seguridad Social), datos económicos y financieros (pago de los derechos de participación en el proceso, en su caso), datos de características personales (nacionalidad, sexo, fecha de nacimiento, imagen y, en caso de obtener plaza, datos relativos a eventuales sanciones disciplinarias y penas de inhabilitación para el empleo público) y, en su caso, datos de salud relativos a discapacidad, los cuales se obtienen de la persona interesada o de otras personas físicas o jurídicas, como las empresas evaluadoras que pudieran participar en el proceso.
La base jurídica para el tratamiento de sus datos personales es que estos son necesarios para la aplicación de las medidas precontractuales en el proceso que usted ha solicitado y el cumplimiento de los poderes públicos y obligaciones legales aplicables. Su
consentimiento resultará aplicable solo en el caso de que haya consentido que se utilicen sus datos personales en otros procesos de selección.
Los datos objeto de tratamiento solo serán comunicados a terceras partes en cumplimiento de una obligación legal o a aquellas empresas que prestan servicios al Banco de España y cuyos servicios sean necesarios para la prestación de la finalidad antedicha.
Los datos serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, revocación de consentimiento, así como los demás derechos que se indican en la Política de Privacidad del Banco de España, acreditando su identidad, ya sea presencialmente, por correo postal a Calle de Alcalá, 48, 28014, Madrid (A/A Delegada de Protección de Datos), o electrónicamente, a través del procedimiento indicado en nuestra Sede Electrónica. En caso de que considere que sus derechos han sido vulnerados, puede presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos (dpd@bde.es) o ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). Para más información sobre el tratamiento de sus datos personales, puede consultar nuestro Registro de Actividades del Tratamiento.
EL SECRETARIO GENERAL.
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